Bases legales - sorteo TARDEO MÍRALES Granada
1.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN
La empresa “Bolleras Viajeras” (Marta Borrachero Villar) con domicilio en Travesía de Rodetas 3 CP 28694 Madrid, España, identificada con el NIF 50745645D organiza el sorteo (en adelante, “la Promoción”) de ámbito nacional, a desarrollar a través de Internet, exclusivo para usuarios residentes en España de acuerdo con lo dispuesto en el apartado requisitos de participación.
La finalidad de este sorteo es promocionar la marca BOLLERAS VIAJERAS y conseguir nuevas oportunidades comerciales.
2.-FECHA DE INICIO Y FECHA DE FINALIZACIÓN
Esta acción promocional de carácter gratuito se llevará a cabo durante la fiesta que organiza la revista MIRALES en Madrid el 10 de junio de 2023, de 18.30h a 23h, período en el que las asistentes a la fiesta podrán participar en el sorteo.
3.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar aquellas mujeres, mayores de edad, que residan en el territorio español y que acudan durante el periodo de vigencia del sorteo a la fiesta referida anteriormente.
Para poder participar válidamente en el sorteo, las asistentes a la fiesta deberán rellenar un formulario que estará disponible a través de un código QR a la llegada a la fiesta.
Sólo se podrá participar una vez.
De ese modo, las participantes que hubieran rellenado correctamente el formulario referido anteriormente, entrarán automáticamente en el sorteo del premio que se indica más adelante.
Adicionalmente, se solicitará al participante su consentimiento diferenciado para enviarle comunicaciones sobre nuestros productos y servicios, incluida la newsletter. También se ofrecerá la opción de recibir comunicaciones de BCD Travel.
No se admitirán los formularios en los que resulten incomprensibles los datos o aquellos en los que los datos solicitados estén incompletos o sean falsos.
Se podrá rellenar un único formulario por persona por lo que, si alguna participante ya hubiera rellenado un formulario con anterioridad, no podrá participar de nuevo y si lo hiciera quedará excluida del sorteo. La participación en el presente sorteo implica la aceptación expresa, íntegra e incondicional de las presentes bases. El participante puede acceder al contenido de las bases que rigen la
presente promoción a través del formulario de participación en el sorteo.
Queda prohibido el uso de sistemas automáticos de participación, dando lugar, en tal caso, a la exclusión de la participación en la promoción. Se consideran nulos aquellos registros/participaciones que se hayan realizado con posterioridad a la fecha de finalización de
la promoción, así como las que no cumplan con los requisitos de la promoción, o éstos no sean verídicos.
4.- EXCLUSIÓN A LA PARTICIPACIÓN
No podrán participar quienes no cumplan con cualquiera de los requisitos establecidos en las presentes bases para el acceso a la promoción, teniendo derecho BOLLERAS VIAJERAS a excluir del sorteo a quienes no cumplan con los requisitos de acceso al mismo.
Quedan excluidas de la participación del sorteo las menores de edad, las españolas que no sean residentes en España y las extranjeras que no tengan tarjeta de residencia española.
BOLLERAS VIAJERAS no se hace responsable de los datos falsos, inexactos, obsoletos, incompletos o erróneos consignados por los participantes. En tal caso, el participante quedará automáticamente excluido del sorteo, perdiendo el derecho al disfrute del premio (en caso deque hubiera resultado agraciada), no teniendo derecho de reclamación alguna contra BOLLERAS VIAJERAS.
Asimismo, BOLLERAS VIAJERAS retirará de la promoción a cualquier participante que, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, infrinjan a través de su participación el derecho de propiedad intelectual, industrial y otros análogos de terceros o cualesquiera normativas reguladoras de derecho de naturaleza civil, penal u otras.
También serán retirados aquellos que hagan mal uso de la promoción, realicen actos fraudulentos o que perjudiquen a otros participantes. A tal efecto, BOLLERAS VIAJERAS se reserva el derecho de dar de baja e incluso de retirar el premio de forma automática a todos aquellos participantes que se hayan beneficiado de forma directa o indirecta de este tipo de actuaciones fraudulentas, pudiendo además ejercer todas las acciones civiles o penales que pudieran corresponder.
5.- PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LA GANADORA
Se va a realizar un sorteo con las personas que cumplan con los requisitos de participación de acuerdo con lo indicado en las presentes bases. El sorteo se realizará a través de la herramienta de sorteos AppSorteos el mismo día 10 de junio de 2023 a las 22.30h, en el propio evento.
Se elegirá aleatoriamente a UNA (1) ganadora. En caso de que la persona agraciada no esté en ese momento en la fiesta, se realizará otro sorteo. En todo caso, se comprobará que la ganadora ha participado correctamente de acuerdo con la mecánica recogida en las bases. En caso de que alguna ganadora no cumpla con los requisitos, se realizará otro sorteo.
6.- CONTACTO CON LA GANADORA
Una vez celebrado el sorteo, BOLLERAS VIAJERAS contactará por teléfono y correo electrónico con la agraciada, utilizando para ello los datos de contacto facilitados en el formulario de participación. Se considerará que una agraciada no ha sido localizada, si pasadas 48h desde la llamada y/o el envío del correo electrónico, ésta no se ha puesto en contacto con BOLLERAS VIAJERAS para aceptar el
premio. Transcurrido dicho plazo, el premio correspondiente quedará desierto, sin derecho a reclamación ni indemnización alguna.
Para poder recibir cada premio satisfactoriamente, la ganadora deberá aceptar el premio, acreditar su mayoría de edad y residencia legal en España como condiciones necesarias para poder acceder al mismo, reservándose BOLLERAS VIAJERAS el derecho de retirar la condición de ganadora a aquellas usuarias que no ostenten las condiciones necesarias para la participación, o bien interprete que el soporte documental sea potencialmente fraudulento.
La agraciada aceptará el premio mediante la firma de la carta de aceptación que se le facilitará al efecto, y remitiéndola a BOLLERAS VIAJERAS en el plazo de 48 horas desde su envío. En su defecto, BOLLERAS VIAJERAS podrá declarar el premio desierto.
BOLLERAS VIAJERAS no se responsabiliza de los fallos informáticos y/o interrupciones temporales del servicio, la presencia de virus o de otros elementos que pudieran afectar al servicio de internet, telefonía móvil y/o al correo electrónico.
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7.- PREMIO. DESCRIPCIÓN Y CONDICIONES DE DISFRUTE. RESTRICCIONES.
El premio consistirá en una plaza para una persona (mujer) para el viaje en grupo a Granada de septiembre 2023 de BOLLERAS VIAJERAS con las siguientes condiciones:
a. La valoración de la estancia es de 265 euros.
b. La plaza es personal e intransferible para la persona que haya ganado el sorteo.
c. El período de disfrute será del 15 al 17 de septiembre 2023.
d. El viaje no incluye traslados ni comidas ni cenas. Incluye todo lo referente en https://www.bollerasviajeras.com/viaje-en-grupo-a-granada-espana con la opción de 265€ sin traslados.
e. BOLLERAS VIAJERAS no se responsabiliza de las posibles incidencias, modificaciones o cancelaciones por parte de los prestadores de los servicios. En su caso, podrá ofrecer las alternativas posibles a la ganadora, sin que exista derecho de reclamación alguno frente a BOLLERAS VIAJERAS.
f. BOLLERAS VIAJERAS se reserva el derecho a sustituir el premio por otro de similares características, en caso de que por causas ajenas a su voluntad no se pudiera otorgar el premio previsto.
g. El premio incluye únicamente los servicios que se identifican expresamente, de modo que cualquier coste adicional relacionado con el disfrute del premio será asumido por la agraciada.
El valor total de los premios y de la presente acción promocional asciende a DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS (265.-€) y no es transferible ni canjeable por su importe en metálico, ni por cualquier otro producto o servicio.
Para poder disfrutar del premio en las condiciones establecidas en las presentes bases, es condición indispensable que, previamente a su entrega y siempre dentro del periodo de validez establecido en estas bases, la ganadora acepte de forma expresa el premio que le hubiere correspondido, en la forma prevista anteriormente. En caso contrario, el premio se podrá declarar desierto.
8.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos, cada participante con la aceptación de estas Bases Legales consiente que sus datos personales sean incorporados a un fichero, titularidad de ésta, con la finalidad de gestionar el sorteo, así como difundir y dar publicidad a sus resultados, y tramitar la entrega del premio.
Le informamos que puede ejercer sus derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación del tratamiento, Portabilidad, olvido y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas mediante el envío de un e-mail a info@bollerasviajeras.com adjuntando copia de un documento identificativo.
9.- CAMBIOS Y ACEPTACIÓN
Nos reservamos el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales, en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de las Participantes en la Promoción. El mero hecho de participar en el sorteo implica que la Participante acepta totalmente las condiciones de estas Bases Legales. Asimismo, la participación en un sorteo de esta naturaleza supone la aceptación de las normas de la red social Instagram a través del cual se desarrolla el mismo.
10.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Estas bases legales se regirán de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de residencia de las Participantes.
11.- 7.- FISCALIDAD DEL PREMIO.
A cada premio recogido en las presentes bases le serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación española en vigor.
En todo caso, corresponderá al premiado el cumplimiento de las eventuales obligaciones fiscales que sobre el mismo pudieran recaer por razón del premio recibido, por lo que BOLLERAS VIAJERAS queda relevada de cualquier responsabilidad.
La ganadora deberá cumplir con las obligaciones tributarias inherentes al premio adjudicado. El premio estará sujeto a retención en el IRPF, en los términos y condiciones que establezca la normativa fiscal y tributaria vigente en cada momento y en el porcentaje legalmente en vigor para residentes en España. BOLLERAS VIAJERAS se hará cargo de la retención que corresponda en su caso,
ingresándola en la Agencia Tributaria por cuenta de la agraciada. Aparte de esta aportación, las repercusiones en las obligaciones fiscales de la ganadora serán por cuenta del agraciado, por lo que BOLLERAS VIAJERAS queda relevado de cualquier otra responsabilidad. A este efecto y en los supuestos que así se requiera, BOLLERAS VIAJERAS emitirá y enviará un certificado con los datos
correspondientes al premio que se le ha otorgado y la retención aportada en su caso, conforme a lo dispuesto en la normativa fiscal y tributaria que resulte de aplicación y que se encuentre vigente en cada momento.